Abogados de compliance penal en Jaén
Diseñamos e implantamos modelos de prevención de delitos para limitar la responsabilidad penal de tu empresa.
- Ciudad
- Jaén
- Comunidad
- Andalucía
- Plazo
- Revisión recomendada cada año
- Norma
- Código Penal, art. 31 bis
- Atención
- Online y en juzgado
- Valoración
- Gratuita
Para una pyme de Jaén, el compliance penal puede parecer cosa de grandes empresas, pero el Código Penal no distingue por tamaño. La ventaja es que las entidades de pequeñas dimensiones pueden simplificar el modelo y encargar la supervisión al propio órgano de administración. Te explicamos qué te exige la ley, qué te conviene y qué no, y lo implantamos a distancia para empresas de Andalucía, con revisiones periódicas que mantienen el modelo vivo.
Trabajamos contigo online y, cuando hace falta comparecer, acudimos a los juzgados del partido judicial de Jaén, directamente o con un letrado colaborador.
Jaén es capital de provincia y sede de la Audiencia Provincial de Jaén. Los asuntos se tramitan en los juzgados del partido judicial que corresponda.
Cómo llevamos tu caso desde Jaén
- Entrevistamos por videollamada a los responsables de tu empresa de Jaén y revisamos sus procesos para construir un mapa de riesgos penales realista.
- Redactamos código ético, políticas y controles adaptados a tu sector y a la normativa aplicable en Andalucía, sin plantillas genéricas.
- Implantamos en tu empresa de Jaén el canal de denuncias conforme a la Ley 2/2023 y, si lo deseas, actuamos como gestor externo de las comunicaciones.
- Formamos a la dirección y a la plantilla de Jaén en sesiones online, con registros de asistencia que sirven como prueba ante un juez.
- Si la empresa es investigada en Jaén, preparamos la defensa y acudimos al juzgado, directamente o con letrado colaborador, coordinando la defensa de la sociedad y de sus directivos.
Qué hacemos por ti
- Mapa de riesgos penales
- Modelo de prevención
- Formación y protocolos
- Revisión periódica
Documentación que necesitas
- Organigrama
- Procesos internos
- Políticas existentes
Más información en nuestra página de abogados de compliance penal y en la de abogados en Jaén.
- Paso 1Valoración gratuitaRevisamos tu documentación y te decimos con franqueza si el caso es viable.
- Paso 2Presupuesto cerradoHonorarios por escrito antes de empezar, firmados electrónicamente.
- Paso 3TramitaciónPreparamos y presentamos cada escrito, y te informamos de cada actuación y de cada plazo.
- Paso 4ResoluciónNegociamos o defendemos tu caso hasta el final, en el juzgado que corresponda.
Compliance penal: lo que debes saber.
Cuándo necesita tu empresa un abogado de compliance penal
Cualquier sociedad mercantil puede responder penalmente, sea cual sea su tamaño. Estas son las situaciones más habituales en las que nos llaman:
Leer más →Qué conseguimos con un modelo de prevención eficaz
El artículo 31 bis del Código Penal permite que la empresa quede exenta de responsabilidad si, antes del delito, había adoptado y ejecutado con eficacia un modelo de organización y gestión adecuado para prevenirlo. Si el modelo solo puede acreditarse en parte, sirve como atenuante.
Leer más →Cómo trabajamos, paso a paso
Leer más →Analiza tu caso desde Jaén.
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Compliance: analiza tu caso
Responde sobre tu empresa, sus riesgos y lo que ya tienes implantado. Medimos la madurez de tu modelo de prevención de delitos y te decimos qué falta para que pueda eximir o atenuar la responsabilidad penal.
Otras especialidades en Jaén.
Abogados de compliance penal cerca de Jaén
Compliance penal en Jaén: preguntas frecuentes.
¿Qué juzgado investigaría a una empresa de Jaén por un delito?
El juzgado de instrucción del lugar donde se cometieron los hechos, que no siempre coincide con el domicilio de la sociedad. Si ocurrieron en Jaén, normalmente será el de su partido judicial en Jaén.
¿Podéis implantar el modelo sin venir a nuestras oficinas de Jaén?
Sí. Las entrevistas, la revisión documental y la formación se hacen online. Si necesitáis una sesión presencial para la dirección, lo valoramos y lo incluimos en el presupuesto.
¿Hay normas de Andalucía que afecten al compliance de mi empresa?
El régimen penal es estatal, pero algunas comunidades autónomas exigen o valoran sistemas de integridad en sus contratos y subvenciones. Revisamos las bases que te apliquen al diseñar el modelo.
¿Qué delitos puede cometer una empresa?
Solo los que el Código Penal prevé expresamente para personas jurídicas, como la estafa, el blanqueo de capitales, los delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, el cohecho, la corrupción en los negocios, los daños informáticos, los delitos contra el medio ambiente o contra la propiedad intelectual e industrial.
¿Responde la empresa aunque no se sepa qué empleado cometió el delito?
Sí. El Código Penal permite exigir responsabilidad a la persona jurídica aunque la persona física concreta no haya sido identificada o no se la pueda juzgar, siempre que conste que el delito se cometió en el ámbito de la empresa.
¿Quién puede ser el responsable de cumplimiento?
Un órgano con poderes autónomos de iniciativa y control, que puede ser una persona o un comité, interno o con apoyo externo. En las empresas de pequeñas dimensiones, las que pueden presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, puede asumirlo el propio órgano de administración.
Compliance penal en Jaén: hablemos hoy.
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