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Consulta gratuita
Sistema interno de información obligatorio.

Abogados de canal de denuncias en Madrid

Implantamos el canal de denuncias obligatorio y actuamos como gestor externo de las comunicaciones.

Ciudad
Madrid
Comunidad
Comunidad de Madrid
Plazo
Obligatorio desde 50 trabajadores
Norma
Ley 2/2023 de protección del informante
Atención
Online y en juzgado
Valoración
Gratuita

Muchas empresas de Madrid tienen un correo de denuncias que no cumple la ley. Revisamos lo que ya tienes, señalamos lo que falta y lo completamos: comunicaciones anónimas y verbales, libro-registro, protección de datos e información a la plantilla. Si lo prefieres, actuamos como gestor externo del canal, con acuse de recibo en plazo y respuesta motivada. Atendemos a entidades de Comunidad de Madrid y del resto de España, siempre con presupuesto cerrado por escrito.

Trabajamos contigo online y, cuando hace falta comparecer, acudimos a los juzgados del partido judicial de Madrid, directamente o con un letrado colaborador.

Madrid es capital de provincia, por lo que allí tiene su sede la Audiencia Provincial, y también el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, el Tribunal Supremo y la Audiencia Nacional. Los asuntos ordinarios se tramitan en los juzgados del partido judicial que corresponda dentro de la comunidad.

Cómo llevamos tu caso desde Madrid

  • Comprobamos si tu entidad de Madrid está obligada por plantilla o por sector y te entregamos por escrito los elementos que exige la Ley 2/2023 y los que ya cumples.
  • Comunicamos el nombramiento del responsable del sistema a la Autoridad Independiente o al organismo de Comunidad de Madrid que tenga atribuida la competencia sobre tu entidad.
  • Como gestor externo, recibimos las comunicaciones de tu plantilla en Madrid, enviamos el acuse en 7 días y respondemos en el plazo legal con informes al órgano de administración.
  • Formamos online a la dirección y a los mandos de tus centros en Madrid sobre cómo recibir una comunicación, proteger la confidencialidad y evitar represalias.
  • Si eres informante y te han despedido en Madrid, presentamos la papeleta de conciliación dentro de los 20 días hábiles y pedimos la nulidad del despido por represalia.

Qué hacemos por ti

  • Diseño del canal y procedimiento
  • Gestión externa de denuncias
  • Investigaciones internas
  • Formación

Documentación que necesitas

  • Número de trabajadores
  • Políticas existentes

Más información en nuestra página de abogados de canal de denuncias y en la de abogados en Madrid.

  1. Paso 1Valoración gratuitaRevisamos tu documentación y te decimos con franqueza si el caso es viable.
  2. Paso 2Presupuesto cerradoHonorarios por escrito antes de empezar, firmados electrónicamente.
  3. Paso 3TramitaciónPreparamos y presentamos cada escrito, y te informamos de cada actuación y de cada plazo.
  4. Paso 4ResoluciónNegociamos o defendemos tu caso hasta el final, en el juzgado que corresponda.
Lo esencial

Canal de denuncias: lo que debes saber.

Quién está obligado a tener canal de denuncias

Según el artículo 10 de la Ley 2/2023, deben contar con un sistema interno de información:

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Qué debe incluir el sistema

El tratamiento de datos personales del sistema exige un análisis específico que coordinamos con nuestro servicio de protección de datos.

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Gestión externa e investigaciones internas

La ley permite externalizar la recepción y gestión de las comunicaciones en un tercero, lo que aporta independencia y conocimiento técnico. La responsabilidad sigue siendo de la entidad, y la relación debe documentarse con un contrato de encargado del tratamiento. Como gestor externo:

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Canal de denuncias: analiza tu caso

Dinos si eres una empresa o una persona que ha denunciado irregularidades. Calcularemos los plazos que corren y te diremos qué falta o cómo defenderte.

Preguntas frecuentes

Canal de denuncias en Madrid: preguntas frecuentes.

¿Ante qué autoridad se comunica el responsable del sistema de una empresa de Madrid?

Ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante o, si Comunidad de Madrid tiene un organismo propio con competencia sobre tu entidad, ante ese organismo. Lo comprobamos según tu ámbito de actuación.

¿Podéis gestionar el canal de una empresa de Madrid sin estar allí?

Sí. La recepción y gestión de comunicaciones se hace por una plataforma online y, cuando el informante pide una reunión presencial, la organizamos por videoconferencia o en el lugar que se acuerde.

Si me despiden en Madrid por denunciar, ¿qué juzgado lo ve?

El juzgado de lo social del lugar de prestación de servicios o del domicilio de la empresa, a tu elección. Antes hay que presentar la papeleta de conciliación ante el servicio de mediación, arbitraje y conciliación competente en Comunidad de Madrid.

¿Qué pasa si no implanto el canal de denuncias estando obligado?

Es una infracción muy grave, con multas para personas jurídicas de 600.001 a 1.000.000 euros. Además, pierdes una herramienta para detectar a tiempo irregularidades y para acreditar tu modelo de compliance.

¿Quién puede ser el responsable del sistema?

Una persona física o un órgano colegiado designado por el órgano de administración. Debe actuar con independencia y autonomía y sin recibir instrucciones en el ejercicio de esta función.

¿Se pueden denunciar casos de acoso laboral por el canal?

El canal puede recibirlos si la empresa lo prevé, pero la protección especial de la Ley 2/2023 se centra en infracciones del Derecho de la UE, delitos e infracciones administrativas graves o muy graves. El acoso tiene además sus propios protocolos.

Canal de denuncias en Madrid: hablemos hoy.

Respondemos en menos de 24 horas laborables. La primera valoración no tiene coste ni compromiso.

+34 961 151 654

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