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¿Qué obligaciones legales tienes como influencer? Simulador

Comprueba si eres usuario de especial relevancia (RD 444/2024), cómo identificar la publicidad, tus obligaciones fiscales y qué revisar en contratos con marcas.

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Influencers: analiza tu caso

Responde sobre tu cuenta, tus colaboraciones y cómo facturas. Al terminar sabrás qué obligaciones te aplican, qué te falta y qué cuidar en tus contratos.

Qué analiza este simulador

Este simulador revisa las obligaciones legales de creadores de contenido e influencers en España, y también sirve a las marcas que trabajan con ellos. Comprueba si serías usuario de especial relevancia según la Ley 13/2022 General de Comunicación Audiovisual y el RD 444/2024, con umbrales orientativos de 300.000 € de ingresos, 1 millón de seguidores en una plataforma o 2 millones en total y 24 vídeos al año, lo que obliga a inscribirse en el registro audiovisual. Analiza la identificación de la publicidad conforme a la Ley de Competencia Desleal, la LSSI y el código de conducta de Autocontrol, y las reglas de sectores sensibles como juego, criptoactivos, alcohol o salud. En lo fiscal, recuerda el alta en Hacienda y en autónomos, calcula el IVA a repercutir a marcas españolas y la necesidad del ROI para cobrar de plataformas de la UE. Por último, revisa contratos con marcas y agencias, derechos de imagen y la presencia de menores en los contenidos. El resultado es orientativo.

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  1. Paso 1Valoración gratuitaRevisamos tu documentación y te decimos con franqueza si el caso es viable.
  2. Paso 2Presupuesto cerradoHonorarios por escrito antes de empezar, firmados electrónicamente.
  3. Paso 3TramitaciónPreparamos y presentamos cada escrito, y te informamos de cada actuación y de cada plazo.
  4. Paso 4ResoluciónNegociamos o defendemos tu caso hasta el final, en el juzgado que corresponda.
Preguntas frecuentes

Influencers: preguntas frecuentes.

¿Tengo que inscribirme en algún registro como influencer?

Solo si eres usuario de especial relevancia según el RD 444/2024: en términos orientativos, 300.000 € de ingresos, 1 millón de seguidores en una plataforma o 2 millones en total y 24 vídeos al año.

¿Cómo debo señalar la publicidad?

De forma clara y desde el principio, con una indicación como Publicidad o la herramienta de contenido de marca. Las etiquetas escondidas al final no bastan.

¿Tengo que ser autónomo para cobrar de YouTube o de marcas?

Si la actividad es habitual, sí debes darte de alta en Hacienda y, normalmente, en autónomos.

¿Llevan IVA mis facturas a plataformas extranjeras?

Normalmente no llevan IVA español, porque se aplica la inversión del sujeto pasivo, pero necesitas el ROI para empresas de la UE.

¿Puede una marca usar mis vídeos en sus anuncios?

Solo en los términos que hayáis pactado. Por eso el contrato debe fijar medios, duración y territorio.

¿Quieres que lo revise un abogado?

Respondemos en menos de 24 horas laborables. La primera valoración no tiene coste ni compromiso.

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