Simulador de herencias: ¿cuánto te corresponde y qué plazos tienes?
Calcula el reparto orientativo entre hijos, la legítima, el usufructo del viudo y las fechas límite del Impuesto sobre Sucesiones.
Herencias: analiza tu caso
Responde a unas preguntas sobre la persona fallecida, su familia y sus bienes. Te mostraremos un reparto orientativo y los plazos que corren desde el fallecimiento.
Qué analiza este simulador
Este simulador te orienta sobre una herencia en España: si hay testamento o hay que tramitar una declaración de herederos, quién tiene derecho a la legítima y cómo se reparte. En derecho común, la herencia se divide en tercios: legítima estricta, mejora y libre disposición, y el cónyuge viudo tiene el usufructo del tercio de mejora si hay hijos. Calcula la parte orientativa de cada hijo con y sin testamento, la legítima mínima y el valor del usufructo del viudo. Avisa cuando se aplica un derecho foral (Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia o Baleares). También analiza si conviene aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar cuando hay deudas, y calcula las fechas clave: el certificado de últimas voluntades desde 15 días hábiles después del fallecimiento y el plazo de 6 meses del Impuesto sobre Sucesiones, prorrogable si se pide en los 5 primeros. El resultado es orientativo.
- Paso 1Valoración gratuitaRevisamos tu documentación y te decimos con franqueza si el caso es viable.
- Paso 2Presupuesto cerradoHonorarios por escrito antes de empezar, firmados electrónicamente.
- Paso 3TramitaciónPreparamos y presentamos cada escrito, y te informamos de cada actuación y de cada plazo.
- Paso 4ResoluciónNegociamos o defendemos tu caso hasta el final, en el juzgado que corresponda.
Herencias: preguntas frecuentes.
¿Cómo se reparte una herencia sin testamento?
Heredan primero los hijos a partes iguales, con el usufructo de un tercio para el cónyuge viudo. Sin hijos, heredan los padres, con el usufructo de la mitad para el cónyuge. Sin unos ni otros, hereda el cónyuge.
¿Qué es la legítima?
En derecho común, la parte reservada a los hijos: dos tercios de la herencia. Un tercio, la legítima estricta, se reparte a partes iguales; el otro, la mejora, puede asignarse a uno o varios hijos o nietos.
¿Puedo renunciar a una herencia con deudas?
Sí, ante notario. También puedes aceptarla a beneficio de inventario: solo respondes de las deudas con los bienes heredados.
¿Cuál es el plazo del Impuesto sobre Sucesiones?
6 meses desde el fallecimiento. Se puede prorrogar otros 6 meses si se pide dentro de los 5 primeros. Fuera de plazo hay recargos.
¿Se aplica lo mismo en toda España?
No. Cataluña, Aragón, Navarra, País Vasco, Galicia y Baleares tienen derecho civil propio con legítimas distintas. Depende de la vecindad civil del fallecido.
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