Divorcio de mutuo acuerdo: pasos, plazos, coste y convenio regulador
Requisitos, notario o juzgado, qué debe incluir el convenio regulador, custodia y pensiones, cuánto cuesta de verdad y qué impuestos pueden aparecer.

El divorcio de mutuo acuerdo es la forma más rápida, barata y menos traumática de poner fin a un matrimonio en España. Basta con que hayan pasado tres meses desde la boda, salvo excepciones, y con que estéis de acuerdo en divorciaros y en cómo organizar lo que viene después: hijos, vivienda, pensiones y bienes. Ese acuerdo se plasma en el convenio regulador, que aprueba un notario o un juez.
Sin hijos menores ni hijos mayores con medidas de apoyo, podéis divorciaros ante notario en pocas semanas. Con ellos, el divorcio será judicial, aunque sigue siendo un trámite sencillo, sin juicio y con una sola defensa para ambos si queréis.
Como abogados de divorcios y derecho de familia, te explicamos requisitos, pasos, contenido del convenio, coste real, impuestos y los errores que convierten un divorcio amistoso en un problema de años.
Requisitos para el divorcio de mutuo acuerdo
Desde la reforma de 2005 no hace falta separarse antes ni alegar causa. El Código Civil solo exige, en sus artículos 81 y 86, que hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio y que la petición vaya acompañada de una propuesta de convenio regulador.
El plazo de tres meses y sus excepciones
Los tres meses se cuentan desde la boda. La ley no exige ese plazo cuando se acredita un riesgo para la vida, la integridad física, la libertad, la integridad moral o la libertad e indemnidad sexual del cónyuge que pide el divorcio o de los hijos. Esas situaciones casi nunca encajan en un mutuo acuerdo y suelen canalizarse por la vía judicial con medidas de protección.
Acuerdo sobre todo, no solo sobre divorciarse
Que los dos queráis divorciaros no basta. Hay que estar de acuerdo en todas las medidas: con quién viven los hijos, cuánto se paga de pensión, quién usa la vivienda y cómo se reparten los bienes. Si falla un punto, el procedimiento pasa a ser contencioso, aunque siempre se puede reconducir. Ambos debéis intervenir personalmente y asistidos por abogado, que puede ser común o uno para cada uno.
El divorcio no exige culpa ni motivo. Lo que lo hace de mutuo acuerdo es un convenio regulador firmado por los dos que cubra todas las medidas personales y económicas.
Divorcio ante notario o divorcio judicial: cuál te toca
La Ley 15/2015, de la Jurisdicción Voluntaria, permitió divorciarse ante notario, y la Ley 8/2021 ajustó el artículo 82 del Código Civil, al que remite el 87. La regla: si hay hijos menores no emancipados o hijos mayores con medidas de apoyo atribuidas a sus progenitores, el divorcio debe ser judicial. En el resto de casos podéis elegir, y la vía notarial suele ser la más rápida.
Ante notario, los hijos mayores o emancipados sin ingresos propios que convivan en el domicilio familiar deben consentir las medidas que les afecten, como la pensión de alimentos.
Ante notario
- Solo sin hijos menores ni hijos con medidas de apoyo
- Abogado obligatorio, sin procurador
- Escritura pública con el convenio incorporado
- Suele resolverse en semanas
- El notario puede negarse si el convenio es dañoso o gravemente perjudicial
Ante el juzgado
- Obligatorio con hijos menores o con medidas de apoyo
- Abogado y procurador, que pueden ser comunes
- Ratificación por separado e informe del fiscal si hay menores
- Plazo variable según la carga del juzgado
- El juez aprueba el convenio salvo que perjudique a los hijos o a un cónyuge
Pasos del divorcio de mutuo acuerdo, vía a vía
Divorcio notarial
Es competente el notario del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los cónyuges. El abogado redacta el convenio, lo remite al notario con la documentación y ambos acudís a firmar la escritura. El divorcio produce efectos desde la firma y se comunica al Registro Civil.
Divorcio judicial de mutuo acuerdo
Se tramita por el artículo 777 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El procurador presenta una demanda firmada por ambos con el convenio y los documentos, y el juzgado os cita para ratificaros por separado. Si hay hijos menores, informa el Ministerio Fiscal y el juez puede oírlos si lo considera necesario. Después se dicta sentencia que aprueba el convenio. Es competente el juzgado del último domicilio común o el de cualquiera de los solicitantes.
- Primera reunión con el abogado
Se revisan hijos, ingresos, vivienda, hipoteca y bienes, y se decide la vía.
- Negociación y borrador del convenio
Custodia, pensiones, uso de la vivienda y liquidación del régimen económico.
- Documentación
Certificados de matrimonio y nacimiento, DNI, ingresos, escrituras y préstamos.
- Firma o demanda
Ante notario, firma conjunta; ante el juzgado, demanda y ratificación.
- Inscripción en el Registro Civil
Frente a terceros de buena fe, el divorcio surte efecto desde su inscripción.
Si preferís delegar el trámite completo, consulta nuestra gestión del divorcio de mutuo acuerdo, con convenio a medida y seguimiento hasta la inscripción.
El convenio regulador: contenido del artículo 90 del Código Civil
El convenio es el corazón del divorcio. Lo que no quede claro se discutirá más adelante, y lo que se firme mal es difícil de cambiar. El artículo 90 del Código Civil fija su contenido mínimo, en lo que resulte aplicable a cada familia.
- Cuidado de los hijos, ejercicio de la patria potestad y régimen de estancias y comunicación con el progenitor no conviviente
- Si se considera necesario, régimen de visitas de los nietos con sus abuelos
- Destino de los animales de compañía, atendiendo a su bienestar
- Atribución del uso de la vivienda y del ajuar familiar
- Contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, con bases de actualización y garantías
- Liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio
- Pensión compensatoria, en su caso
Un buen convenio va más allá del mínimo: concreta los gastos extraordinarios y cómo se aprueban, vacaciones y festivos, entregas y recogidas, qué ocurre si uno cambia de ciudad y cómo se actualizan las pensiones.
Hijos: custodia compartida y pensión de alimentos
Custodia compartida o exclusiva
El artículo 92 del Código Civil permite acordar la custodia compartida. El Tribunal Supremo viene considerándola un sistema normal y deseable cuando favorece el interés del menor, no algo excepcional. Puede ser por semanas, quincenas u otros repartos, y una custodia exclusiva con estancias amplias puede funcionar igual de bien. Pesan los horarios, la distancia entre domicilios, el colegio, la edad de los hijos y la capacidad de comunicación de los padres. La ley la excluye si hay un proceso penal por atentar contra el otro progenitor o los hijos, o indicios fundados de violencia doméstica o de género.
Pensión de alimentos
Ambos progenitores contribuyen a los alimentos de sus hijos: sustento, vivienda, vestido, asistencia médica y educación (artículo 142). La cuantía es proporcional a los recursos de quien paga y a las necesidades de quien recibe (artículo 146). No hay mínimo legal; el Consejo General del Poder Judicial publica tablas orientativas, no vinculantes.
Con custodia compartida puede haber o no pensión: con ingresos similares, es frecuente que cada uno asuma los gastos ordinarios en su tiempo y se abra una cuenta común para los fijos. La pensión sigue más allá de los 18 años si el hijo convive en casa y carece de ingresos propios (artículo 93).
Para saber qué vía te corresponde, qué custodia encaja y una pensión orientativa, usa nuestro simulador de divorcio:
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Divorcio: analiza tu caso
Responde a unas preguntas sobre tu matrimonio, tus hijos y vuestra economía. Al terminar sabrás qué vía de divorcio encaja contigo, qué medidas tendréis que decidir y una pensión de alimentos orientativa.
Ejemplo orientativo calculado con el criterio de proporcionalidad del art. 146 CC
Ortodoncias, gafas o clases de refuerzo son gastos extraordinarios, fuera de la pensión. Lo habitual es repartirlos al 50 % o según ingresos, con consulta previa salvo urgencia. Definirlos bien evita muchas reclamaciones.
Pensión compensatoria: cuándo procede y cuánto dura
La pensión compensatoria del artículo 97 del Código Civil no tiene que ver con los hijos. Corresponde al cónyuge al que el divorcio causa un desequilibrio económico que empeora su situación anterior. El caso típico es quien dejó de trabajar o redujo jornada años para ocuparse de la familia.
No es automática ni vitalicia: puede ser temporal, indefinida o una prestación única. Se valoran la edad, la salud, la cualificación y el acceso al empleo, la dedicación a la familia, la duración del matrimonio y el patrimonio. Se extingue si cesa la causa, si el beneficiario se casa de nuevo o convive maritalmente (artículo 101). También se puede renunciar en el convenio; esa renuncia suele ser definitiva.
La vivienda familiar y la hipoteca
Uso y propiedad son cosas distintas: se puede atribuir el uso a uno sin que la vivienda deje de ser de ambos. A falta de acuerdo, el artículo 96 del Código Civil atribuye el uso a los hijos menores y al progenitor con quien convivan, hasta la mayoría de edad. En custodia compartida decide el juez según el caso, y sin hijos puede atribuirse temporalmente al cónyuge más necesitado. En el mutuo acuerdo se pacta libremente, sin perjudicar a los hijos. Mientras dure el uso, nadie puede vender ni hipotecar sin el consentimiento del otro o autorización judicial.
El banco no es parte del convenio. Aunque pactéis que uno se queda la vivienda y paga la hipoteca, los dos seguís respondiendo mientras la entidad no acepte liberar a uno mediante una novación.
Si la vivienda es alquilada, el cónyuge no titular puede seguir en ella en los términos de la Ley de Arrendamientos Urbanos, comunicándolo al arrendador. Ante un conflicto con la propiedad te ayuda nuestro equipo de alquileres y desahucios, y si hay rentas pendientes conviene saber cómo funciona un desahucio por impago de alquiler.
Liquidación del régimen económico: gananciales o separación de bienes
El divorcio disuelve el régimen económico, pero no lo liquida. La liquidación es el reparto efectivo de bienes y deudas, y puede incluirse en el convenio o hacerse después.
Sociedad de gananciales
Disuelta la sociedad (artículo 1392 del Código Civil), se hace inventario de activo y pasivo, se atienden las deudas y el remanente se reparte por mitad. Los bienes privativos, anteriores a la boda o recibidos por herencia o donación, no se reparten, aunque puede haber reintegros si se pagaron con dinero común.
Separación de bienes
Cada uno conserva lo suyo, pero lo comprado a nombre de ambos, como la vivienda, está en proindiviso y hay que extinguir el condominio o vender. Además, el artículo 1438 reconoce una compensación al cónyuge que contribuyó a las cargas con su trabajo en casa.
Diferencias territoriales
En Cataluña y Baleares rige la separación de bienes; en Aragón, el consorcio conyugal; en Navarra, la sociedad de conquistas. En la Comunidad Valenciana, los matrimonios celebrados bajo la ley valenciana de régimen económico, anulada por el Tribunal Constitucional en 2016, pueden estar en separación de bienes sin haber firmado nada. Nuestros abogados de familia en Barcelona y los abogados de divorcios en Valencia revisan qué régimen se aplica realmente.
La liquidación se parece mucho al reparto de una herencia. Si hay bienes heredados en juego, el área de herencias y sucesiones trabaja con la de familia; repasa lo básico en nuestra guía sobre cómo aceptar o renunciar a una herencia.
Plazos reales del divorcio de mutuo acuerdo
Los plazos dependen más de lo que tardéis en cerrar el acuerdo y de la carga del notario o juzgado que de la ley. Son referencias orientativas.
- Semana 1Consulta y elección de la vía
Análisis familiar y económico y lista de documentos.
- Semanas 1 a 4Negociación del convenio
Con acuerdo previo, puede cerrarse en días.
- Semanas 3 a 6Firma ante notario
El divorcio es efectivo desde la firma de la escritura.
- De 1 a varios mesesVía judicial: ratificación y sentencia
Varía mucho entre juzgados.
- DespuésInscripción en el Registro Civil
Se comunica de oficio; conviene comprobarla.
Según el artículo 89 del Código Civil, el divorcio produce efectos desde la firmeza de la sentencia o la fecha de la escritura, y frente a terceros de buena fe desde su inscripción.
Cuánto cuesta un divorcio de mutuo acuerdo
No hay precio único; desconfía de cifras cerradas que no preguntan por tu situación. Estos son los conceptos:
- Abogado. Honorarios libres según la complejidad: no es igual un divorcio sin hijos ni bienes que uno con custodia, hipoteca y varios inmuebles. Compartir abogado reduce el coste.
- Procurador. Solo en la vía judicial, con arancel oficial e importe moderado en un mutuo acuerdo. Puede ser común.
- Notario. Solo en la vía notarial. Arancel oficial; sin liquidación de inmuebles es un coste contenido, que sube con la extensión y las copias.
- Tasas. Las personas físicas están exentas de la tasa judicial estatal desde 2015.
- Inmuebles. Si se adjudica una vivienda, se suman escritura de liquidación, Registro de la Propiedad y, en su caso, impuestos.
Si tus ingresos no superan los umbrales legales, puedes pedir asistencia jurídica gratuita.
| Abogado común (sin hijos ni inmuebles) | Según presupuesto previo |
|---|---|
| Escritura notarial de divorcio | Arancel notarial + copias |
| Procurador | No interviene en la vía notarial |
| Tasa judicial | 0 € |
| Inscripción en el Registro Civil | Gratuita |
| Total | Presupuesto cerrado por escrito antes de empezar |
Ejemplo orientativo de estructura de costes; las cuantías dependen del despacho, del notario y del caso
Puedes pedir presupuesto a nuestros abogados de divorcios en Madrid, a los abogados de familia en Sevilla o a los de tu ciudad: el precio se fija antes de empezar.
Efectos fiscales: IRPF, ITP y AJD
Una adjudicación mal planteada puede generar impuestos imprevistos, y el criterio de Hacienda cambia con frecuencia. Conviene revisarlo con el área de derecho fiscal y tributario.
IRPF de las pensiones
La pensión compensatoria tributa como rendimiento del trabajo para quien la cobra y reduce la base imponible de quien la paga (artículos 17 y 55 de la Ley del IRPF), si se fijó en resolución judicial o, según el criterio de la Dirección General de Tributos, en convenio ante notario. La pensión de alimentos a los hijos está exenta para quien la recibe; quien la paga no la resta, pero, sin la custodia, puede aplicar un régimen que separa esas anualidades en la escala de gravamen.
Reparto de bienes
La Ley del IRPF considera que no hay alteración patrimonial en la disolución de gananciales ni en la extinción de la comunidad de bienes si las adjudicaciones respetan la cuota de cada uno. Un reparto descompensado puede generar una ganancia o una donación encubierta.
Las adjudicaciones en la disolución de gananciales están exentas de transmisiones patrimoniales, y el exceso de adjudicación de un bien indivisible compensado en dinero no suele tratarse como compraventa. En separación de bienes, la extinción del condominio sobre la vivienda ha tributado tradicionalmente por actos jurídicos documentados, con tipo autonómico, aunque la jurisprudencia reciente ha suavizado ese trato en el divorcio. Confírmalo antes de firmar.
La plusvalía municipal no grava las transmisiones de inmuebles entre cónyuges o a los hijos en cumplimiento de sentencias de separación o divorcio. Si después Hacienda te requiere, el simulador de plazos y recargos de Hacienda te orienta.
Fuente: Código Civil, arts. 81, 86, 87 y 90; LEC, art. 750; Real Decreto-ley 1/2015
Si no hay acuerdo: el divorcio contencioso
Si uno no quiere divorciarse o no hay acuerdo en las medidas, el otro puede pedirlo unilateralmente, y pasados los tres meses se concederá. El juez decide custodia, pensiones y vivienda por el procedimiento del artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, con vista y prueba, y pueden pedirse medidas provisionales mientras tanto. Es más largo, más caro y deja la decisión en manos de un tercero.
Desde abril de 2025, la Ley Orgánica 1/2025 exige con carácter general intentar un medio adecuado de solución de controversias, como la negociación entre abogados o la mediación, antes de demandar, con excepciones como la violencia sobre la mujer. Ese intento suele ser la puerta a un mutuo acuerdo, y un contencioso puede transformarse en amistoso en cualquier momento.
Con indicios de violencia doméstica o de género, la ley excluye la custodia compartida y el asunto puede corresponder a la jurisdicción de violencia sobre la mujer. No se debe forzar un acuerdo.
Modificación de medidas cuando cambian las circunstancias
El artículo 90.3 del Código Civil y el artículo 775 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permiten modificar las medidas ante una alteración sustancial: pérdida de empleo, cambio de ingresos, traslado o nuevas necesidades de los hijos. Con acuerdo, basta un nuevo convenio, ante notario si no hay menores; sin acuerdo, hay que acudir al juzgado. Mientras no se modifique, la pensión sigue siendo exigible: no dejes de pagar por tu cuenta.
Si tras el divorcio las deudas son inasumibles, revisa los requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad, sabiendo que las pensiones de alimentos no se cancelan por esa vía.
Ejemplo inventado con fines ilustrativos: una pareja con un hijo de 8 años pactó custodia materna y 350 € de pensión. Años después, el padre se muda cerca y cambia de horario; acuerdan custodia compartida por semanas y una cuenta común. Al haber un menor, el nuevo convenio lo aprueba el juez.
Errores habituales en el divorcio de mutuo acuerdo
- Gastos extraordinarios sin definirCada ortodoncia o campamento acaba en discusión.
- Hipoteca olvidadaEl banco no libera al otro y ambos siguen obligados.
- Liquidación pendiente sine dieBienes en común durante años, sin poder vender.
- Compensatoria sin límiteUn pago indefinido sin causa clara, difícil de modificar.
- Renuncias por prisaAceptar cualquier cosa para terminar antes.
- Sin previsión fiscalAdjudicaciones descompensadas con impuestos inesperados.
- Calendario vagoFórmulas como «lo que acuerden las partes» sin régimen supletorio.
Ejemplo inventado con fines ilustrativos: un matrimonio sin hijos, en gananciales, se divorcia ante notario. Ella se queda la vivienda y la hipoteca, pero no liquidan ni hablan con el banco. Dos años después deja de pagar y el banco reclama a ambos. Una liquidación en la misma escritura y una novación lo habrían evitado.
Si hay que reclamar al excónyuge un pago pactado, un burofax con requerimiento suele ser el paso previo a ejecutar el convenio.
Tras el divorcio, revisa testamento y beneficiarios de seguros. Nuestra gestión de herencias online te ayuda a planificar la sucesión, y el simulador de herencias muestra cómo quedaría el reparto.
Documentación necesaria
- DNI o NIE de ambos cónyuges
- Certificado literal de matrimonio
- Certificados de nacimiento de los hijos
- Empadronamiento que acredite el domicilio
- Capitulaciones matrimoniales, si existen
- Declaraciones de la renta y justificantes de ingresos
- Escrituras, recibos del IBI y certificado de deuda hipotecaria
- Datos de cuentas, vehículos, inversiones y préstamos
- Convenio regulador firmado por ambos
Divorciarte desde cualquier ciudad
El convenio se negocia por videollamada y correo, y solo tenéis que acudir en persona a la firma o a la ratificación. Lo que depende del domicilio es qué notario o juzgado es competente: el del último domicilio común o el de cualquiera de los dos. Por eso trabajamos en toda España, con equipos como los abogados de divorcios en Málaga o los abogados de familia en Bilbao, y también de forma telemática.
En resumen
- Puedes divorciarte de mutuo acuerdo pasados tres meses desde la boda, sin alegar causa, con un convenio firmado por ambos.
- Sin hijos menores ni con medidas de apoyo, la vía notarial es la más rápida; con ellos, el divorcio es judicial pero sencillo.
- El convenio regula hijos, vivienda, alimentos, compensatoria, liquidación del régimen económico y mascotas.
- El coste depende de la complejidad; pide presupuesto cerrado. No hay tasa judicial para particulares.
- Prevé impuestos e hipoteca antes de firmar: el banco no queda vinculado por el convenio.
- Las medidas se pueden modificar, pero mientras tanto lo pactado obliga.
Preguntas frecuentes.
¿Podemos divorciarnos de mutuo acuerdo si uno de los dos vive en el extranjero?
Sí, aunque ambos tenéis que intervenir personalmente en la firma o la ratificación. Si uno reside fuera, hay que estudiar qué tribunal o notario es competente y la ley aplicable conforme a los reglamentos europeos, y organizar la comparecencia, a veces ante un consulado o mediante desplazamientos puntuales.
¿Hace falta estar separados antes de divorciarse?
No. Desde 2005 se puede pedir directamente el divorcio sin separación previa. La separación sigue existiendo como opción para quien quiere suspender la convivencia sin disolver el vínculo, por ejemplo por motivos personales o religiosos.
¿Qué pasa si uno de los dos no cumple el convenio?
El convenio aprobado por el juez o formalizado ante notario es título ejecutivo. Si no se paga una pensión o no se respeta el régimen de estancias, puede pedirse la ejecución ante el juzgado, que puede embargar salarios o cuentas. El impago reiterado de pensiones puede además constituir delito de abandono de familia.
¿Podemos seguir viviendo en la misma casa después del divorcio?
Legalmente nada lo impide, pero el convenio debe reflejar cómo se organizan el uso de la vivienda y los gastos. Si la convivencia se mantiene mucho tiempo, puede complicar después la prueba de la fecha real de la ruptura o el cálculo de pensiones.
¿Un divorcio notarial vale lo mismo que uno judicial?
Sí. La escritura notarial de divorcio tiene los mismos efectos que la sentencia firme: disuelve el matrimonio, se inscribe en el Registro Civil y el convenio incorporado puede ejecutarse judicialmente si se incumple.
¿Se puede cambiar de abogado común a abogados separados a mitad del proceso?
Sí. Si durante la negociación surgen intereses enfrentados, lo prudente es que cada uno tenga su propio abogado. El abogado común no puede defender a uno frente al otro en el mismo asunto, por lo que en caso de conflicto debe apartarse.
Te ayudamos con esto.
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